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En efecto, sólo se esperaba la ejecución de la tabla modelo única para el recálculo de los créditos indexados y su respectivo instructivo.
De hecho, la responsabilidad de la ejecución de esta Tabla y el mencionado instructivo recayó en el Banco Nacional de Ahorro y Préstamo (Banap), órgano que los consignó ante la Sudeban el pasado 4 de octubre.
A partir de esa fecha, la Superintendencia de Bancos analizó en detalle la información recibida y formuló una serie de consideraciones en los puntos referidos a intereses moratorios, aplicación de pagos ordinarios, aplicación de pagos extraordinarios de amortización, aplicación de cuotas extraordinarias, entre otros importantes aspectos.
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